""

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN

TIPO DE CAMBIO al 19/09/2015 MONEDA Dólar de N.A COMPRA 3.193 VENTA 3.197

lunes, 20 de febrero de 2012

ALGUNAS CONSIDERACIONES PARA IMPLEMENTAR NIIF POR PRIMERA VEZ


Una de las preguntas clásicas que realizo en los Talleres vinculados a Normas Contables es: ¿Cómo piensan implementar las NIIF? ¡Ojo consideren que entraron en vigencia el 01 de enero del 2011! y la respuesta generalizada es la siguiente: “Bueno llevamos unos cursos o un Diplomado de NIIF y lo aplico en el Cierre del 2012, porque probablemente no llegue al 2011″.
Puede que usted estimado lector, haya revisado la NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas de Información Financiera y piense encontrar una Guía Metodológica de como realizar dicho procedimiento. Pero como, es típico de las NIIF, solamente hay referencias al ámbito financiero; más no al proceso en general.
Por suerte en nuestro país, hay organizaciones que ya pasaron por dicho proceso y nos sirven como una experiencia para planificar la Implementación de las NIIF. ¿Qué entidades? Las que cotizan en la Bolsa de Valores. Creo que en este punto hacer una referencia rápida de como se llevo a cabo.
Conasev (ahora la Superintendencia del Mercado de Valores) emitió un Oficio a los Gerentes Generales indicándoles un procedimiento a seguir para la implementación, indicando que se debía informar – como hecho de importancia – los avances que trimestrales. Lo que quiero resaltar en este punto es la importancia de la emisión de una norma local, aún cuando no fue publicada en el peruano – para poder aplicar una Norma Contable Internacional.
Como he comentado anteriormente, existe una necesidad de la emisión de Normas LOCALES que se refieran a temas contables para UNIFICAR criterios de Aplicación. Sobre todo si caemos que en muchos aspectos las NIIF son muy generales y generan una diversidad de interpretaciones sobre el tratamiento de una transacción.
El Proyecto de Implementación (Uso el término “PROYECTO” en su acepción Gerencial) requirió de doce (12) meses. Hay que recalcar que se aplicaba en organizaciones que son sometidas a Auditorias Financieras de forma recurrentes, las que no deben presentar muchas desviaciones del tratamiento señalado por las NIIF.
En el caso de empresas que no cotizan en la Bolsa: ¿Cuál sería el procedimiento a seguir?. Es lógico pensar que la Dirección Nacional de Contabilidad Pública o en todo caso la Superintendencia del Mercado de Valores (Ex Conasev) emita una Norma Local que nos ayude a unificar el Proyecto de Implementación.
¿Cuál es la relación con el Articulo 5 de la Ley 29720? Si bien esperamos la reglamentación de este dispositivo para poder aplicarlo – con relación a la obligación de presentar información auditada a la Superintendencia del Mercado de Valores (Ex -Conasev) – Las entidades que no cotizan en bolsa y que cuentan con más de 3 000 UIT en Activos o Ingresos requerirán de la aplicación de la NIIF 1 para obtener un Dictamen Limpio.
Como podemos observar existe la percepción siguiente: “Si no hay multa para que lo aplico”. En el caso de las NIIF FULL y PYMES, que son de aplicación obligatoria a partir del 01 de Enero del 2011, mientras no exista una Norma Local que indique o sugiera el procedimiento a seguir da lugar a que se produzcan errores por desconocimiento o falta de uniformidad en las reglas a seguir en la aplicación de la NIIF 1.

No hay comentarios:

Publicar un comentario