Siempre que hubieran pagos por
error o en exceso del IR, explican
Entidad fortalece el control con
nueva estructura organizacional
Vital. Aprueban trámite para
estas solicitudes.
La Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria (Sunat) estableció el procedimiento para la
devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta del Ejercicio 2011 de
las personas naturales que hubieran obtenido rentas del trabajo y/o rentas de
capital, a través de la RS Nº 022-2012/SUNAT.
De esta forma, el ente recaudador
reconoce que si hubiera pagos por error o en exceso del Impuesto a la Renta, el
contribuyente tendrá derecho a su devolución respectiva más intereses, explicó
el tributarista Francisco Pantigoso al detallar los alcances de dicha norma,
que establece el uso de Sunat Virtual.
Dicha solicitud alcanza a los
contribuyentes que presenten el PDT Nº 669: Renta Anual 2011 – Persona Natural
– Otras Rentas; o el Formulario Virtual Nº 669 – Simplificado Renta Anual 2011
– Persona Natural a través de Sunat Virtual. Para ello, deberán utilizar el
Formulario Virtual Nº 1649 – Solicitud de devolución por cada tipo de renta
solicitada. El formulario estará listo para ser utilizado desde el 15 de
febrero.
Procedimiento
El especialista explicó que dicho
procedimiento podrá ser empleado en tres supuestos: si el declarante tiene
saldo a favor por rentas de trabajo; si el declarante tiene saldo a favor por
rentas de capital-primera categoría; si el declarante tiene saldo a favor por
rentas de capital-segunda categoría; y, si el declarante tiene saldo a favor
por rentas de trabajo y de capital (primera y segunda categorías).
Según la norma, cuando el
declarante opte por solicitar virtualmente tal devolución del saldo a favor por
cualquiera de las rentas antes mencionadas, deberá utilizar un Formulario
Virtual Nº 1649, denominado “Solicitud de Devolución”, por cada uno de ellos.
Para tal efecto, la información que hubiera correspondido consignar en el
escrito fundamentado de solicitud deberá ser incorporada en dicho formato
electrónico.
Pantigoso explicó que esta
resolución también prevé las condiciones para la presentación del Formulario
Virtual Nº 1649. Así, se han especificado las condiciones que el declarante
deberá cumplir si tiene saldo a favor por rentas del trabajo, por rentas del
capital de primera categoría o por rentas del capital de segunda categoría.
Regula, además, que si el
declarante tiene saldos a favor por rentas del trabajo, rentas del capital de
primera categoría y rentas del capital de segunda categoría, podrá solicitar la
devolución de los tres conceptos o de solo uno de ellos. En tal supuesto,
deberá presentar un formulario virtual por cada tipo de renta, entre otros
aspectos.
Lucha contra la evasión
Para fortalecer las acciones de
control, facilitación y cultura tributaria, la Sunat modificó recientemente su
reglamento de organización y funciones, mediante el DS Nº 029-2012-EF.Así, crea
la Superintendencia Adjunta de Administración Interna responsable de orientar y
dirigir la gestión administrativa de la entidad, a fin de agilizar los
procesos, puesto que las dependencias de tributos internos y aduaneros se
centrarán exclusivamente en acciones de fiscalización y facilitación.
Con ello, se desarrollan los
alcances de la Ley de Fortalecimiento de la Sunat destinada a brindar
herramientas legales para luchar contra la evasión, el contrabando y ampliar la
base tributaria.
Más fiscalización
El nuevo reglamento de
organización y funciones crea la Gerencia de Fiscalización Selectiva y
Antifraude destinada a efectuar una labor especializada en aquellos sectores
que presentan mayores niveles de evasión. Así, esperan fortalecer el enfoque de
labores de diseño de políticas y estrategias relacionadas con los procesos de
control y verificación.
Tales actividades serán
complementadas por la Gerencia de Fiscalización Masiva, que pondrá en marcha
las grandes campañas de verificación del cumplimiento de obligaciones
tributarias a escala nacional.
La Sunat contará también con la
Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia para
fortalecer el control de las operaciones nacionales e internacionales con
empresas vinculadas.
Fuente: Diario El Peruano
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